
Formalizan ante el IEPC Jalisco solicitud de referéndum contra alza al transporte público
-Ciudadanas y ciudadanos entregaron ante el IEPC Jalisco casi 15 mil firmas digitales y más de 500 hojas con apoyos en papel para someter a consulta el incremento a la tarifa del transporte público aprobado por el Gobierno estatal
Guadalajara, Jal.- La mañana del viernes 23 de enero de 2026 fue ingresada ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) una solicitud de referéndum relacionada con el aumento a la tarifa del transporte público en la entidad. El trámite fue promovido por ciudadanía organizada que busca que la decisión sea sometida a consideración popular.
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La petición fue acompañada por 14 mil 873 firmas recabadas mediante la plataforma digital “Fírmale” del propio instituto, así como por alrededor de 554 hojas con firmas en formato físico, las cuales deberán ser contabilizadas y revisadas. Con la entrega de la documentación, se activó formalmente el procedimiento establecido en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
De acuerdo con la normativa vigente, cuando una solicitud de referéndum es impulsada por la ciudadanía debe cumplir con requisitos como la designación de una persona representante común, un domicilio para notificaciones, la exposición de motivos, la identificación clara del acto que se busca someter a consulta y el respaldo mínimo del 0.05 por ciento del listado nominal estatal, equivalente a poco más de 3 mil 300 firmas. Tras la recepción del expediente, el IEPC Jalisco realizará dos revisiones de manera paralela.
La primera consiste en verificar que la solicitud cumpla con todos los requisitos formales. En caso de detectar omisiones, se notificará a las personas promoventes para que puedan subsanarlas dentro de los plazos legales. Si la solicitud cumple con los criterios formales, las firmas serán enviadas al Instituto Nacional Electoral (INE) para su validación.

En esta etapa se revisará que los apoyos correspondan a personas inscritas en el listado nominal y se identificarán posibles duplicidades o inconsistencias. Una vez concluidas estas revisiones, el IEPC integrará el expediente y lo turnará al Consejo de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza, instancia facultada para determinar si el referéndum estatal es procedente.
En caso de que se declare viable, el instituto electoral deberá organizar el ejercicio dentro de los 90 días posteriores a dicha resolución. Para que los resultados del referéndum tengan carácter vinculante, la ley establece que deberá participar al menos el 33 por ciento del electorado estatal y que más de la mitad de las personas participantes se pronuncien a favor de la abrogación o derogación del acuerdo en cuestión.
Si el Consejo determina que no se cumplen los requisitos, el proceso no avanzará. La legislación también contempla que las resoluciones relacionadas con este procedimiento pueden ser impugnadas, primero ante el propio Consejo y posteriormente, de persistir la inconformidad, ante el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco.