
IEPC Jalisco revoca el registro del Partido Humanista tras fallo del Tribunal Electoral
-En acatamiento a una resolución del Tribunal Electoral estatal, el órgano electoral determinó la improcedencia de Construsuai, A.C. debido a inconsistencias en su fiscalización
Guadalajara, Jal.- En cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ), el Consejo General del IEPC Jalisco en su décima sesión extraordinaria celebrada hoy determinó como improcedente la solicitud de registro de Construsuai, A.C. como nuevo partido político local y dejó sin efectos el registro que se le había otorgado en junio pasado bajo la denominación de Partido Humanista. Asimismo, el Consejo General ajustó las sanciones económicas impuestas a la organización.
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En la sentencia dictada en el recurso RAP-012/2026 y su acumulado RAP-013/2026, el Tribunal Electoral estableció que las irregularidades financieras detectadas impedían otorgar el registro a Construsuai, A.C., y ordenó al IEPC Jalisco emitir una nueva determinación en ese sentido. Por ello, aunque la organización acreditó las asambleas constitutivas y el número mínimo de personas afiliadas, el Consejo General resolvió improcedente su solicitud en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal.
El acuerdo también deja sin efectos el ajuste al financiamiento público aprobado en junio de 2026. Los recursos que habían permanecido reservados para la organización se aplicarán para restituir a los partidos políticos con derecho a financiamiento las cantidades que les fueron disminuidas. Construsuai, A.C. no recibió ministraciones, por lo que no existe una cantidad que deba reintegrar por ese concepto. Asimismo, se realizarán las gestiones ante el Instituto Nacional Electoral para dar de baja los registros, claves y accesos generados a favor del Partido Humanista.
En una segunda determinación, relativa al recurso RAP-010/2026, el Consejo General ajustó los montos de las sanciones correspondientes a diez conductas infractoras en materia de fiscalización. Para ello tomó en cuenta la capacidad económica de Construsuai, A.C. como organización ciudadana, conforme a lo ordenado por el Tribunal Electoral. Las sanciones ajustadas suman 92 mil 209 pesos. La acreditación y calificación de las infracciones permanecen firmes, al igual que las determinaciones que no fueron modificadas por la sentencia.
Con ambas resoluciones, el IEPC Jalisco da cumplimiento a las determinaciones del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco en materia de registro de partidos políticos y fiscalización de los recursos de las organizaciones ciudadanas.